📌 Definiciones previas
📌 Carreras y espacios áulicos: distingos y condiciones entre lo físico y virtual
📌 Marco normativo
📌 ¿Adónde esta normado las “aulas hibridas”?
📌 Objeto de las consideraciones preliminares documento CONEAU sobre estrategias de hibridación
📌 CONEAU GLOBAL. Mediaciones a distancia (presenciales hasta 50%)
📌 Cuadros esquemas de: Tipos de presencialidades, Estrategias espacio-aula y Requisitos y pautas a cumplimentar

En línea con artículos anteriores[1] en los cuales denotáramos el rol protagónico de las tecnologías de comunicación y que junto a aquellas de información están presentes y moldean las dimensiones en las propuestas pedagógicas contemporáneas (modalidad, planificación, entono áulico, didáctica, enseñanza, evaluación y accesibilidad de los estudiantes, entre otros), analizamos las recientes disposiciones de la CONEAU en la implementación y evaluación de aulas hibridas en el marco del dictado de la modalidad presencial de carreras de posgrado  -anticipamos que ya no existe una única presencialidad, sino que esta podrá ser física-localizada  (en el establecimiento educativo) o virtual-remota (afuera del establecimiento educativo)- y socializada el mes pasado en la Comisión de Profesores de Finanzas Pública, Derecho Financiero y derecho Tributario de la AAEF[2] 

 

Definiciones previas

  • Carreras de posgrado (Especialización, Maestría o Doctorado): acreditación obligatoria por parte de la CONEAU como organismo dictaminante (Ley 24.521. LES)[3]
  • Acreditación. Resultado: cumplimiento de los criterios y estándares explicitados en Res 160/2011 ME y modif…. ¿y normas, documentos delegados?
  • CONEAU GLOBAL: entorno web en la cual se deben completar los datos de las carreras que se presentan a acreditación
  • Modalidad de dictado presencial: desarrollo de las actividades académicas en mismo espacio/tiempo. Permite hasta el 50% en mediaciones no presenciales (vgr a distancia, virtual). (Res 160/2011 ME y modif)
  • Modalidad de dictado a distancia (no presencial…físicamente): desarrollo de las actividades académicas separadas en tiempo y/o espacio (Res 160/2011 ME y modif)
  • Sistema Institucional de Educación a Distancia (SIED): conjunto de acciones, normas, procesos, equipamiento, recursos humanos y didácticos que permiten el desarrollo de propuestas a distancia (Res 2641-E-2017 ME)
  • Instancias sincrónicas: son aquellas en las que coinciden en el tiempo el docente y los estudiantes. Se pueden organizar a través de diferentes recursos tecnológicos: videoconferencias, debates o diferentes propuestas de clases con actividades individuales o grupales (Grand, Muga, Goldman Rota, 2021, p 34)
  • Hibrido: 2. adj. Dicho de una cosa: que es producto de elementos de distinta naturaleza
  • Dictado combinado, bimodal, hibrido o blended learning: dictado de una oferta académica en la cual se utilizan ambas modalidades de dictado alternadamente con diverso grado de periodicidad y proporcionalidad.
  • Aula hibrida: espacio-aula en la cual convergen simultáneamente docentes y estudiantes físicamente en la institución y concurrentemente otro/s de manera remota (virtual) mediante dispositivos de audio video de comunicación. Se debe poder reproducir el espacio aula presencial de manera análoga en entornos remotos, virtuales o mediatizados.

 

Carreras y espacios áulicos: distingos y condiciones entre lo físico y virtual

 

Marco normativo

La definición y condiciones cumplimentar en la implementación de las “aulas hibridas” no está previsto en la normativa de fondo (Res 160/2011 ME y modif. “Estándares y criterios a considerar en los procesos de acreditación de Carreras de Posgrado”) y que entendemos que dada su relevancia debería modificarse tal plexo legal.

Aquella  modificación respecto a las Tecnologías de la información y la comunicación (TIC´s) datan del año 2011 con la incorporación del Título III “Educación a distancia”, y luego en el año 2017 (Res 2641/2017 ME) se incorpora la “opción pedagógica y didáctica de Educación a Distancia” a través de  un Anexo reglamentario ad hoc, además de unirlo al plexo de la norma rectora (Res 160/2011 y modif) sin distingos medulares excepto -desde ya- en las particularidades de dicha modalidad a través de la sustitución de diversos artículos (Grand, Muga, Goldman Rota, 2021, pp. 86-87 y 92-93)[4]

Apostilla: en la reforma del año 2011 finalmente se reconoce el distingo antropológico entre las carreras profesionales y académicas, comenzando con las Maestrías al vincularlas con las “competencias propias de una profesión” entre otros (antes se subsumía a la investigación en un campo disciplinar) entre otros cambios medulares como la facticidad que el “Trabajo Final” individual tenga diversos formatos propios del campo disciplinar y formación: proyecto, estudio de casos, obra, producción artística o tesis (antes “tesis” y con el requisito de “metodología de investigación pertinente” tal como ahora lo es exclusivamente para las Maestrías Académicas) (Grand, Muga, Goldman Rota, 2021, p.90)[5]

Tampoco está previsto en los procedimientos para la acreditación de carreras de posgrado en funcionamiento o evaluación de nuevas al sólo efecto del reconocimiento oficial provisorio del título por parte del Ministerio de Educación (Ord. 65/2017 y 64/2017 CONEAU, respectivamente), desde ya por ser antecesoras a las adecuaciones de emergencia a virtualizaciones por la pandemia mundial COVID-19 y la suspensión de actividades presenciales de concurrencia masiva y que coadyuvara al replanteo de su factibilidad y auge tanto de las modalidades a distancia como en la implementación de aulas hibridas en espacios físicos de las instituciones educativas en el nivel superior.   

 

Entonces: ¿adónde esta normado las “aulas hibridas”?

Se encuentra en la “Nota técnica para la presentación de Carreras Nuevas” debutando en la 1er convocatoria del año 2022 (formalización hasta 15/03/2022 y presentación de acreditación hasta hace unos escasos días -2/05/2022-), en su ANEXO II (nótese la igual importancia en la estructura normativa respecto al ANEXO I que es la documentación para detallar en aquella “Modalidad a distancia”)

Luego en el punto “3.2. Casos particulares”  “… A continuación, se establecen pautas relacionadas con la presentación de posgrados que, por sus características, requieren de aclaraciones adicionales para una correcta evaluación.” uno de ello es aquel de “Utilización de Estrategias hibridas” remitiendo expresamente a un documento sobre las “CONSIDERACIONES SOBRE LAS ESTRATEGIAS DE HIBRIDACIÓN EN EL MARCO DE LA EVALUACIÓN Y LA ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA FRENTE AL INICIO DEL CICLO LECTIVO 2022 (Dic 2021)”

Es decir, si tenemos la intención de incorporar estrategias de hibridación debemos considerar:

  1. El detalle y alcance de la información a presentar (Anexo II, nota técnica de presentación de carreras nuevas de posgrado-CONEAU convocatoria marzo 2022)
  2. Las “Consideraciones sobre las estrategias de hibridación en el marco de la evaluación y la acreditación universitaria frente al inicio del ciclo lectivo 2022” (Documento CONEAU)
  3. La información que solicitará -porque de ello no lo duden- el sistema CONEAU GLOBAL, en un paralelismo con las aplicaciones de AFIP. Al 06/04/2022 no hay distingo alguno, excepto aquellas mediaciones “a distancia” (evaluaciones, defensa de trabajo finales, medio tecnológico que sustituyen la relación docente alumno, entre otros) (sistema CONEAU GLOBAL).

Por ahora desde CONEAU GLOBAL, el detalle lo es, incluso en aquellas presenciales, cuando se incorporen actividades con modalidad a distancia (recordemos que hasta el 50% para mantener la modalidad “base” presencial)

 

 Objeto de las consideraciones preliminares documento CONEAU sobre estrategias de hibridación

  • Presencialidad: “…El clima -académico/universitario- incide notablemente en el rendimiento de los estudiantes y en la experiencia de ser universitario. En este sentido, la experiencia presencial  es irreemplazable en la formación universitaria…” (2do parf. in fine, Pto 1. “Reflexiones preliminares”, Documento CONEAU “Consideraciones sobre las estrategias de hibridación…”). Aquí nos preguntamos si la presencialidad se refiere: ¿ presencialidad localizada, presencialidad remota o ambas?, ya que como hemos visto hay diversos tipos de “presencialidades” en el espacio aula, a diferencia de la modalidad de carreras en la cual la “presencialidad” es univoca (al menos en su génesis ya que luego permite incorporar hasta 49% en la mediaciones a distancia -las presenciales- o presenciales -en aquellas a distancia-.
  • Virtualización: “…resguardar la calidad en la formación de las distintas carreras, orientar las presentaciones de carreras para su acreditación en el año próximo y ajustar los Sistemas de Educación a Distancia (SIED) en futuras presentaciones atento a las modificaciones plausibles debido a la experiencia concreta de la virtualización. Estas consideraciones no se han pensado como concluyentes y definitivas sino como un punto de partida para comenzar a reflexionar sobre los futuros escenarios de la educación superior. Principalmente, refieren a la inclusión de horas de dictado a distancia o de estrategias híbridas en las carreras presenciales.” (Ult. parf. Doc CONEAU “Consideraciones sobre las….”)

 

CONEAU GLOBAL. Mediaciones a distancia (presenciales hasta 50%)

En cada asignatura, además de en la parte general de la carrerea, se debe explicitar en el programa analítico: previsiones metodológicas y pedagógicas, articulación y detalle de las actividades presenciales y a distancia, interacciones docentes-alumnos y mecanismo de seguimiento, supervisión y evaluaciones de actividades.

 

 

 

ESTRATEGIAS AULAS HIBRIDAS EN LA MODALIDAD PRESENCIAL Y LOS ESTÁNDARES-CRITERIOS DE CALIDAD CONEAU EN LOS PROCESOS DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE CARRERAS

 

Fuente: “Consideraciones sobre las estrategias de hibridación en el marco de la evaluación y la acreditación universitaria frente al inicio del ciclo lectivo 2022” (20/12/2021). www.coneau.gob.ar/coneau/documentos-coneau/

[1] Grand, Mónica (2022) Estrategias de Enseñanza (Aprendizaje) & Tecnologías: cuando las clases son (casi) híbridas, 26/03/2022, Planificación & Tecnologías, 09/12/2021Docencia & Tecnologías, 23/09/2021,  Blog http://docenciaytributacion.com.ar/

[2] Asociación Argentina de Estudios Fiscales (AAEF) el pasado 06/04/2022

[3] Si desea saber más consultar desde:  Grand, Muga, Goldman Rota (2021), La docencia en la tributación de grado y posgrado, Cap. IV. La Tributación en Posgrado. Ap. 1 “Conceptos preliminares” acap. “Las carreras de posgrado en tributación y el rol de la CONEAU”. Buyatti, pp 83-85

[4] Grand, Muga, Goldman Rota (2021), La docencia en la tributación de grado y posgrado, Cap. “Evolución normativa de los estándares y criterios de acreditación CONEAU”. Buyatti, pp 86-87 y 92-93

[5] Grand, Muga, Goldman Rota (2021), La docencia en la tributación de grado y posgrado, Cap. “IV. Maestría Académicas y Profesionales: cronología contemporánea y efectos de una reforma anunciada” “Pto 3. Trabajo Final (ex Tesis)”, Buyatti, p. 90